Objetivo
Con el objetivo de impulsar y fomentar nuevos proyectos emprendedores en el mundo rural se pondrán en marcha un año más los Premios PIE (Programa de Ideas Emprendedoras), convocados por el Área de Desarrollo Sostenible y Turismo de la Diputación de Cáceres.
En el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) se indicará próximamente la fecha de inscripción de los participantes para presentar sus nuevos proyectos, teniendo como requisito que deben implantarse en municipios menores de 20.000 habitantes y no haber iniciado la actividad empresarial antes de solicitar participar en el programa.
Los objetivos de la XII Edición de los PREMIOS PIE son los siguientes:
-
- Fomentar las ideas emprendedoras en la provincia de Cáceres.
- Premiar e impulsar el desarrollo de proyectos empresariales y/o sociales viables y/o sostenibles que creen empleo en el municipio.
- Apoyar la figura de la persona emprendedora.
- Favorecer la creación de empleo.
- Posibilitar la creación y desarrollo de nuevas empresas.
- Dinamizar y diversificar el tejido empresarial de la provincia de Cáceres.
- Poner en valor las experiencias de ediciones anteriores con carácter demostrativo, y crear un banco de los proyectos premiados.
Destinatario
Podrán participar en esta convocatoria aquellas personas, físicas o jurídicas, que tengan una idea o proyecto emprendedor, cualquiera que sea la temática sobre la que versen, y que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes no se haya iniciado la actividad económica.
No podrán participar aquellos proyectos que hayan sido premiados en ediciones anteriores, así como aquellos cuyo proyecto ha recibido un premio económico en alguna convocatoria pública de ámbito regional, nacional e internacional.
En el caso de las personas físicas la participación podrá ser a título individual o en grupo. Si la participación fuera en grupo, se deberá dejar constancia identificativa de todos los promotores de la idea o proyecto, haciendo constar expresamente en el ANEXO I los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, debiendo nombrarse un/a representante o apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que como beneficiario/a corresponden a la agrupación. La cuantía del premio será abonada a quien conste, en este último caso, como representante de la agrupación o se dividirá entre el número de personas físicas que presentan el proyecto emprendedor abonándose el importe correspondiente a cada uno de ellos.
Requisitos
- El proyecto deberá implantarse en un municipio de la provincia de Cáceres con menos de 20.000 habitantes. Debe tener la sede social y fiscal en dichos municipios.
- Los/as solicitantes no podrán haber iniciado su actividad antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante la presentación de un Certificado de la Agencia Tributaria de la situación censal de los promotores.
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título individual.
En el caso de que el/a solicitante sea un/a autónomo/a o una empresa ya constituida, podrían presentar un proyecto de una nueva línea de negocio, idea o proyecto, siempre que suponga el alta en un nuevo IAE.
Obligaciones de los premiados/as
-
-
- Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n., 10071, de Cáceres, solo en aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
- Serán obligaciones del/la beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
- Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 1 año a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
- Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
- Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en el expediente electrónico respectivo, a los efectos de justificación, la documentación establecida en la base novena en el plazo que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as perceptores/as de los premios.
- Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les sea solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión del premio.
Sectores
Agroalimentario, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Servicios, Turismo, otros.